El empresario deberá adoptar las medidas necesarias para la conservación de los historiales médicos individuales previstos en el apartado 3 del artículo 8º del presente Existente Decreto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22 de la Condición de Prevención de Riesgos Laborales. El patrón deberá revisar la https://directorypile.com/listings12751305/la-%C3%BAltima-gu%C3%ADa-a-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-definici%C3%B3n